Rodolfo Montes de Oca
El avance del anarquismo como
propuesta real, viable y expansible dentro del Estado-Nación chileno ha
generado una respuesta represiva por parte de la Burguesía y sus órganos de
acción que a través de montajes mediático-judicial han buscado apartar a varios
anarquistas de la tensión social y de su oportuno aporte para avivar las llamas
del descontento. Por ello ahora mas que nunca es necesario revisar y replantar
nuestra posición sobre el sistema penitenciario como modelo de castigo dentro
del conflicto de clases o de lo que denominan la “Guerra Social”.
Algunas razones de una práctica
Contrario a lo que predica la sociedad esclavista, la prisión como institución
mediante la cual se aparta a un sujeto que irrumpa contra el contrato social y
al cual se le castiga con la privación de la libertad, es un modelo de reciente
data y que se origina y perfecciona en el modelo de organización y producción
capitalista como una herramienta de producción y “proletarización” del
sujeto
Por ello tratare de resumir en breves puntos, cual es la crítica anarquista y
algunas razones de peso para empezar cuestionar su existencia:
1) No cumple con su función de pretendida “rehabilitación” del
infractor, por el contrario genera mayores daños al recluso debido a que el
sistema no reforma por el contrario sume al detenido a un nivel de
infravaloración y de precariedad que al salir.
2) La prisión como microcosmos de la sociedad, agrava y profundiza las
relaciones de dominación y explotación de la sociedad capitalista. Por lo cual
el trabajo en las cárceles es un sub-empleo forzado, las transacciones de
favores producto de las necesidades son mas gravosas para el sujeto, se
perfecciona la corrupción y dependencia del detenido a factores exógenos a el.
Por ello, con excepción de los presos del Modulo de Alta Seguridad, a los
cuales si se les aparta definitivamente del “contrato social”, en el
resto de las cárceles se les sumerge de forma obligada en la forma mas
primitiva de explotación y sumisión forzada.
3) El rol de vigilante, administrador, alcaide o custodio refuerzan el concepto
exacerbado de autoritarismo, que deviene en despotismo, con ello muere el
concepto de humanidad.
4) La prisión como sumo castigo en la sociedad actual, busca ejemplarizar al
resto de los ciudadanos, establece barreras en lo que es legal o ilegalmente
aceptado, es un burdo mecanismo de control social. Se castiga al rebelde social
o al que socializa la rebeldía.
5) Mantener el sistema carcelario genera inmensas pérdidas de recursos, tiempos
y vidas a la población chilena, que pudieran ser redistribuidas a otras aéreas
como la educación, el deporte o la salud para mejorar la calidad humana.
6) La cárcel es una orgánica ajena al individuo y a las comunidades, por lo
cual frente a un avance de las fuerzas anarquistas contra la civilización
estatal implica a su vez la destrucción penitenciaria y su reinversión con los
espacios físicos que deje.
¿La cárcel siempre estuvo?
El concepto de la prisión como mecanismo de control social, es algo ajeno en
teoría de los primeros pobladores de la Araucanía, de hecho fue resultado del
proceso de cooptación y destrucción de comunidades mapuches por parte de
Teniente Coronel Cornelio Saavedra Rodríguez desciéndete de los precursores
republicanos del Cono Sur.
La mal llamada “pacificación de la Araucanía” no solo trajo la
expoliación de recursos y la transculturación del pueblo mapuche sino que
extrapolo el sistema jurídico burgués hasta los territorios ocupados.
Las comunidades mapuches a diferencia de la sociedad chilena no contempla la
propiedad privada de los medios de producción como lo consagra la civilización
occidental, debido a que “ellos son de la tierra” y no la tierra es de
ellos, la posesión, goce y disfrute de los objetos es entendida de una forma
distinta debido a que pertenecen a un orden terrenal donde incluso los entes
científicos considerados inanimados (el agua, la tierra, las rocas, el aire),
adquieren sentido y vida propia lo que conlleva a la conservación armónica del
medio ambiente.
La “propiedad individual”, tal como la concebimos, no existía entre los
mapuches. Las infracciones que “vulneraban” la propiedad, lo eran no
tanto por el detrimento patrimonial de la víctima sino casi exclusivamente por
atentar contra un orden colectivo y el equilibrio del cosmos.
Esta premisa es antagónica al presupuesto de que el derecho busca mantener un
equilibrio en la sociedad y apartar al hombre de un estado “animal de
confrontación” como fue expuesto por los “iluminados” propulsores
del estado (Hobbes, Locke o Rousseau) por ello la creación del estado, del
derecho penal como campo de acción y de las prisiones como culminación de la
cadena positivista es una ficción propia de la división del trabajo y de la
mercantilización de las relaciones sociales.
Lo mismo se aplica con referencia a otro pueblo originario, el Rapa Nui que
después del periodo de recolección que experimento sus comunidades, optaron por
la agricultura y producción colectiva que también les fue arrebatada durante la
dictadura militar cuando se promulgó en 1979 el Decreto Ley Nº 2885, para
entregar títulos de propiedad individual sobre la tierra a los poseedores
regulares, condición del mercado mundial para desarrollar la industria
turística que sub-empleo y convirtió en esclavos a la Comunidad Rapa Nui.
Por consiguiente la presunción del “delincuente” como trasgresor y como
un subproducto de la “guerra” en la que vivíamos, no solo es ridículo
sino una europeización aplicada a un contexto lejano como lo es el chileno, es
sin duda alguna, dominación extranjera e asimilación imperial. Tal es así, que
una de las leyendas más simpáticas del pueblo Rapa Nui, es Mata-Ko-Iro un Robin
Hood del pacifico que castigaba con la redistribución de gallinas la avaricia y
acaparamiento individual.
Todo esto nos demuestra no solo que el cacareado Bicentenario artículo nuestro
mayor enemigo sino que introdujo la noción penitenciaria dentro de los pueblos
pre-estatales. Esto manifiesta dos realidades: 1) el carácter ajeno a la
humanidad que tiene la cárcel, por lo cual pensar en la desaparición de esta
institución no es algo utópico sino viable y 2) que existen formas de
organización previas, duraderas, autosustentable de una sociedad sin galeras.
Incluso en la organización familiar, pueblos como el Selk’man eran polígamos y
el “adulterio”, “el divorcio”, “el abandono del enfermo o del
recién nacido” no eran situaciones de hecho punibles, ni si quiera
pensables debido a la importancia que revestía lo colectivo, por ejemplo la
exogamia era una situación aceptada, por consiguiente toparse con un incesto u
otra relación de endogamia por lo cual se condena a muchas personas no
ocurrirían.
El terrible dilema: ¿Qué hacer?
El capitulo anterior, no pretende ni busca volver a la etapa pre-estatal
debido a que el hombre ha tenido un desarrollo colectivo e individual muy
distinto al de los primeros hispanos y sus descendentes, no se trata de hacer
simplificaciones ni proponer ingenuos “asilvestramientos” como los
asomados por Zerzan , sin embargo esto demuestra una predisposición propia para
ir desmontando el sistema carcelario como parte del desmembramiento estatal.
Este desmontaje se puede dar de dos vías, que pueden complementarse o que una
puede excluirse una con otra: 1) con un ataque frontal contra el sistema
penitenciario, lo cual implica un avance en la teoría de Cornelius Castoriadis
sobre el “imaginario social”, es decir, demostrar con dichos y hechos su
inutilidad como institución inoperante y que solo es cabilla y cemento, por lo
cual podemos determinar una sociedad anticarcelaria. 2) Con la práctica
cotidiana basándonos en los principios anarquistas que nos animan y que tienen
mucho en común con los pueblos originarios y el desarrollo natural del hombre.
Es decir la consolidación de los ejidos colectivos, las practicas antiestatales
con las descendencias y entre parejas, el agrupamiento de seres libres en “bandas”
tal y como lo hacían los Selk’nam, Chinchorros, los Camachacos o los Yamana, la
no posesión de la pareja o la instrumentalización de la relación, las practicas
autónomas de autorregulación que se vallan originando en las comunidades
libres, en las okupas o centro culturales y sobre todo en la capacidad de no
implementar la privación de la libertad del compañero/a de esa manera estaremos
consolidando una respuesta contra el sistema carcelario.
Para finalizar es necesario recalcar que los términos: abolicionismo o
anticarcelario, no son articulaciones del cual se deba fetichizar ni que por si
solos tengan un significado propio, debido a que son palabras absorbidas por
una sola expresión: Anarquismo.
Por lo cual hablar y ser un “aprendiz de anarquista” como decía el
Mauri, es ser un cultor y combatiente de una sociedad sin prisiones. Ni
parcelación de las luchas, ni falsas etiquetas, todos somos anticarcelarios y
todos los libertarios presos son nuestros. Por lo cual apoyarlos y estar con
ellos es una labor de todo/as.
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